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Contrato para la formación y aprendizaje

Formación en su puesto de trabajo

El contrato para la formación y el aprendizaje es una modalidad de contrato, cuyo fin es que el trabajador adquiera la formación profesional específica, teórica y práctica, de un oficio en su puesto de trabajo.

Creado tras el RD 488/1998, de 27 de Marzo, el contrato de formación y aprendizaje, se ha renovado recientemente (RDL 3/2012) para promover e incentivar la contratación de jóvenes menores de 30 años. Valorado por ser un instrumento efectivo para la inserción laboral de los jóvenes, es una de las apuestas del Gobierno tras la reforma laboral.

El contrato de formación es el contrato bonificado que más ventajas puede aportar a la empresa actualmente, destacando el gran ahorro en costes laborales, ya que con este contrato tiene derecho a una reducción del 100%, y no paga Seguros Sociales.

Comparación de contratos Dependiente:

contrato dependiente/a
TIPO DE CONTRATO FORMACION
SALARIO 633,35
S.S.EMPRESA 0
S.S. EMPRESA 0
TOTAL GASTOS EMPRESA 633,35
DIFERENCIA -958,75 €
ahorro del 61%


Estas son las principales características del contrato de formación:
  • Contrato vinculado a una formación teórica, que imparte un centro homologado
  • Tiene derecho a una reducción del 100% en las cuotas de la Seguridad Social (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores.)
  • una bonificación del 100% de la formación en los Seguros Sociales.
  • Edad: mayor de 16 años, y menor de 30. Este límite no se aplica si se contrata a una persona con una discapacidad reconocida.
  • Duración: 1 año, prorrogable hasta un máximo de 3 años. Salvo que por Convenio Colectivo se establezca otra, nunca inferior a 6 meses, o superior a 3 años. Período de prueba: 2 meses, excepto si en Convenio se especifica otro período.
  • Ocupación: relacionada directamente con su puesto de trabajo. Jornada: completa. Del total de la jornada, el 75% será de trabajo efectivo, y el 25% se dedica a formación teórica durante el primer año. Para el 2º y 3er año, será un 85% de trabajo, y 15% de formación. Salario: en proporción al tiempo de trabajo efectivo, según el Convenio Colectivo.
  • En ningún caso, podrá ser inferior a la proporción de trabajo efectivo sobre el Salario Minimo Interprofesional. (SMI para el año 2014: 645,30 €). Tutor: el trabajador tendrá asignado un tutor en su mismo centro de trabajo durante toda la vigencia del contrato.
Requisitos para el trabajador:
  • Inscrito en el SEPE (antes INEM) como demandante de empleo. No tener titulación relacionada con el puesto a desempeñar.
  • Edad: mayor de 16 años y menor de 30.
Requisitos para la empresa:
  • No tener deuda con Hacienda o la Seguridad Social. No haber sido sancionada.


Ventajas del contrato de formación
  • El contrato de formación y aprendizaje se ha renovado para promover e incentivar la contratación de jóvenes menores de 30 años, facilitando su incorporación al mercado laboral.
  • Coste 0en Seguros Sociales
  • Sin costes en Seguridad Social
  • Es el único contrato que paga O€ en Seguros Sociales. Tiene derecho a una reducción del 100% en las cuotas de la Seguridad Social (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores.) y una bonificación del 100% de la formación en los Seguros Sociales.
  • Para trabajadores de 16 a 30 años
  • La mejor opción para contratar a jóvenes mayores de 16 años y menores de 30.
  • Con Prestación por desempleo
  • El trabajador percibirá prestación por desempleo y cobertura total de la Seguridad Social.
Ventajas para el autónomo/empresa
  • El autónomo también puede contratar a su hijo, y beneficiarse de las bonificaciones y reducciones de este contrato.
  • Sin límite de contratos por empresa
  • No existen limitaciones en el número de contratos por empresa.
  • Hasta 1800€ por convertir en indefinido
  • Bonificaciones por transformación en indefinido de 1500 euros anuales (1800 euros si es mujer) durante 3 años.
  • Formación 100% bonificada
  • Formación teórica bonificada al 100%.
  • Cómo tramitar un contrato


A continuación le explicamos cómo tramitar un contrato de formación paso a paso:

El trabajador debe aportar: Fotocopia de DNI. Nº de Seguridad Social. Justificante de inscripción en el SEPE como demandante de empleo.

1. Gestiones en la Tesorería General de la Seguridad Social: Socilitar el Código de Cuenta de Cotización (C.C.C.) específico para el contrato de formación: Modelo TA-7. Acompañado del TA-6 (nº de cuenta principal de la empresa). Solicitud de acuerdo con la Mutua de A.T. y E.P. Presentar parte de alta (modelo TA-2) del trabajador con carácter previo al inicio del contrato (TA-1, si el trabajador no tiene número de afiliación).

2. Trámites con el Servicio Público de Empleo Estatal: Contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje. Modelo con código 421. Adjuntar el Anexo II, Acuerdo para la Actividad Formativa.

3. Remitir a Captivia 21 solutions, su centro de formación: Fotocopia legible del contrato. Anexo II. Domiciliación bancaria de la empresa: código IBAN + 20 dígitos.

Cómo bonificar un contrato de formación

Los beneficios más destacables del contrato de formación y aprendizaje son: Una reducción del 100% de la cuota fija de 97,49 euros/mes a la Seguridad Social. Tras aplicar esta reducción, el coste final para la empresa es 0 euros. Para tener derecho a esta reducción es importante que la empresa no tenga deuda con Hacienda, ni Seguridad Social, y que el trabajador contratado esté inscrito como demandante de empleo.

Hay que indicar que el contrato tiene derecho a la reducción en la casilla Bon./Red. en tu programa de nóminas. Una bonificación del 100% de la formación téorica de 215 euros al mes durante el primer año de contrato, y 130 euros/mes durante el 2º y 3er año.

Para realizar esta bonificación es necesario que en tu programa de nóminas indiques:

Modelo de contrato 421, casilla Bon./Red. El tipo de colectivo: Jóvenes 16-30 años en empresas de menos de 250 trabajadores (que tienen derecho al 100% de la bonificación), o 16-30 años en empresas de más de 250 trabajadores (75% de bonificación en estos casos). Añadir el importe de la formación a distancia, y el número de horas. Para ello, es importante la fecha de inicio del contrato.

En la formación teórica obligatoria a realizar por los trabajadores en CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN, ofrecemos un servicio integral a nuestros clientes. Esta formación no tiene costes directos para las empresas al ser deducible de los Seguros Sociales. Nuestra gestión en las más de 70 Ocupaciones Homologadas por el INEM es la siguiente:

Recepción y procesamiento de datos. Envío del material formativo a la empresa. Recibos y facturación a la empresa. Gestión con la Dirección Provincial del INEM. Impartición y tutorización de cursos. Seguimiento y evaluación de la formación. Albañil Alfarero-ceramista Barnizador-Lacados de muebles y/o artesanía de madera Cajero de comercio Camarera de pisos (hostelería) Camarero, en general Cantero artesanal de mármol o piedra Carnicero para la venta en comercio Carpintero, en general Chapista-pintor de vehículos Cocinero, en general Conductor-operador de excavadora (movimiento de tierras) Cosedor de prendas de peletería, a mano Cristalero de edificios Dependiente de comercio, en general Diseñador Gráfico Electricista de fabricación industria, Electricista de mantenimiento y reparación, en general Electricista y/o electrónico de automoción, en general Electrónico de mantenimiento y reparación industrial Empleado administrativo de contabilidad, en general Empleado administrativo comercial, en general Empleado administrativo de los servicios almacenamiento y recepción Empleado administrativo, en general Encofrador Entrevistador/Encuestador Esteticista Ferrallista Fontanero Fotógrafo, en general Grafista-Maquetista Gobernanta (hostelería) Instalador-ajustador de inst. de refrigeración y aire acondicionado Instalador-ajustador de máquinas y equipos industriales, en general Instalador electricista de edificios y viviendas Jardinero, en general Marroquinero artesanal Mecánico-Ajustador del automóvil, en general (turismos y furgonetas) Mecánico de mantenimiento industrial Modista Montador de grandes estructuras metálicas, en general Operador de máquina impresora offset, en general Operador de planta química Operador-grabador de datos en ordenador-Operador de máquinas para la transformación de plástico y caucho Operador Tornero-Fresador (Fabricación) Panadero Pastelero Peluquero unisex Personal de limpieza o limpiador, en general Pintor y/o empapelador Platero Programador de aplicaciones informáticas Recepcionista-Telefonista en oficinas, en general Recepcionista de hotel Secretario, en general Solador-Alicatador, en general Soldador de estructuras metálicas ligeras Soldador de estructuras metálicas pesadas Tapicero de muebles Techador en pizarra Técnico de mantenimiento y reparación de aire acondicionado y fluidos Técnico en sistemas microinformáticos Técnico en publicidad y/o relaciones públicas Tejedor en telar manual, en general Trabajador en la producción de plantas hortícolas Vendedor Técnico.



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